La Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música (Sadaic) informó que la Sala III de la Cámara Federal en lo Civil y Comercial dejó sin efecto la multa impuesta por la Secretaría de Comercio fundada en supuesto abuso de posición monopólica en la fijación de las tarifas que deben pagar los hoteles a la entidad por la utilización de música en las habitaciones.
La multa, ahora revocada, tuvo origen en una denuncia presentada en el año 2009 por la Federación de Hoteles de la República Argentina en la cual se imputaba a Sadaic por presunto abuso de posición dominante en la fijación de las tarifas por la comunicación al público de música en los cuartos de los hoteles.
En la decisión judicial se hizo mención, entre otros conceptos, a que las tarifas fijadas por Sadaic eran razonables tal como lo habían informado los expertos contables que intervinieron en el trámite administrativo y se resaltó que los montos no afectaban el interés económico general de los consumidores ni tampoco que afectaran la economía de los hoteles.
“No obstante el resultado favorable a los autores y compositores de argentina y de las 105 sociedades del mundo que nuestra entidad representa, Sadaic, reitera la propuesta de una mesa de diálogo para analizar la posibilidad de un reordenamiento de nuestra tabla de aranceles en este tema específico”, informó la sociedad musical.
En otro párrafo de su comunicación señaló que “ante el dictado de un decreto del Poder Ejecutivo que busca establecer un marco tarifario general para todas las sociedades de gestión colectiva por los diferentes derechos que representamos y su utilización en las habitaciones de los hoteles, Sadaic queda atenta a que dicho marco no afecte el derecho de propiedad de autores y compositores”.